miércoles, 21 de octubre de 2020

La Endogamia en la Villa de Todos Los Santos de Calabozo: Las voces del Capitán Adrián Francisco Delgado y de don Sacramento Mendoza y Ramos Autor: Maritza Elena Umanés de Viso

         Bienvenidos al XIV Encuentro  de Cronistas e Historiadores, ésta vez en su  edición digital, motivado  por la situación del mundo y por la muy particular de Venezuela.

        Debo aclarar que no realizo investigaciones de “historia familiar”, pero si estoy familiarizada con el tema, dado que a esto dedica gran parte de su tiempo mi esposo Luis Eduardo Viso,  mi participación consiste en ayudarlo con la transcripción, de las  actas Sacramentales  y Expedientes matrimoniales de la Iglesia Católica. Muchas veces las actas presentan dificultad para leerlas, por el deterioro, corrimiento de la tinta, la humedad y exposiciones inadecuadas de los libros en los archivos públicos y sacramentales, amén  del castellano de la época, las abreviaciones, los términos usados  y a veces escribanos con mala caligrafía y escasa preparación formal. 

        No soy paleógrafa de oficio, pero la curiosidad y perseverancia en averiguar lo que dicen los documentos me han llevado a adquirir ciertas habilidades en su lectura,  en días pasados ayudé a transcribir uno muy sencillo,  bien escrito, claro y preciso, que me llamó la atención, se trataba del expediente de dispensa matrimonial de una hija del Alférez Adrián Francisco Delgado, natural de Icod de los Vinos, casado en Villa  de Cura y vecino de Calabozo desde 1727, el Documento  en cuestión es la solicitud de dispensa  de Isabel  Delgado Álvarez , hija legítima de don Adrián, quien desea casarse con su pariente Félix Orencio de Silva y Álvarez. Es el propio don Adrián quien el año 1761, se dirige  al Señor Vicario y Juez Eclesiástico solicitando la dispensa  por el parentesco  de  segundo con  tercer grado igual de consanguinidad, presenta como testigos dispuestos a contestar el cuestionario de cinco preguntas a los ciudadanos  Juan de Quintana y Francisco Bayón de Castrillo, conocedores de los ancestros de ambos contrayentes,  entre los  causales que le mueven a solicitar la concesión de la dispensa llama la atención la pregunta  numerada con “5” del cuestionario que deben contestar cada uno de los testigos, en la que textualmente se lee: 

“5.- Si saben que esta Villa de españoles fue Fundada de familias ligadas de parentesco de consanguinidad y que por no haber otras personas de fuera conquien casarse los hijos e hijas de unos y otros ha sido preciso para mayor servicio a Dios y aumento de esta fundación casarse parientes con parientes con las dispersas que se han dado los S.Stes. Ordinarios y que de otro modo no se habrian casado por no haber con quien lo puedan hacer sin dispensa o desigualdad en calidad. Digan?”

        De lo anterior, se deduce que en Calabozo todos los jóvenes blancos casaderos estaban unidos por parentescos de consanguinidad y/o afinidad, hasta el cuarto grado, por lo que se hacia indispensable solicitar la consabida Dispensa Eclesiástica. Estos parentescos tenían  su origen básicamente en  los matrimonios de hijas y nietas de Bernabé Álvarez y María de Santiago Romero, quienes casaron con buena  parte de los pioneros calaboceños como: Francisco Álvarez, Francisco José Eugenio de Silva, Juan Mendoza de Miranda, Alférez Adrián Francisco Delgado, Salvador Francisco Manzano, Félix Camacho, Capitán Juan Esteban Gutiérrez de Aguilar y  Agustín García de Morales. Observándose además  la firme disposición  de no contraer nupcias con gente de inferior calidad. Razones que se entienden por los valores de la   época  aunque hoy día, por supuesto son inaceptables, no compartimos la  discriminación social y mucho menos racial. 

        Durante y después de la guerra de Independencia continúa la endogamia, no desaparecen las causas raciales, mas sí aparecen nuevos factores: la ruina por la guerra, la carga familiar, y el empeño de no disgregar el maltrecho patrimonio familiar.  Miremos  por ejemplo  una  dispensa fechada el 8 de agosto 1816, correspondiente  a los padres del Escritor costumbrista calaboceño Daniel Mendoza, su padre don Sacramento Mendoza y Ramos, casado el 6 de noviembre 1816 en la Iglesia San Nicolás de Bari de El Rastro,  con Ana Antonia García y Ramos

        En la Dispensa Matrimonial, para justificar su enlace  consanguíneo, es Don Sacramento quien toma la palabra, alegando las siguientes causas:

“-Que los padres de ambos han quedado muy arruinados de bienes de fortuna con motivo de las guerras y se hallan cargados de hijos

 -Que han sido bienhechores de su Iglesia Parroquial 

 -Que su pueblo fue destruido y quemado y sus habitantes menguados a causa ser muertos o emigrados de menos que ha quedado reducido de seis a siete familias blancas y entre emparentadas entre sí.”

        El comportamiento de los endogámicos mantuanos calaboceños, siempre estuvo signado por la segregación racial y social, aun cuando a algunos de ellos si le revisamos sus raíces no eran blancos - blancos, como se creían. Felizmente la tendencia hoy en nuestro Calabozo y en el mundo, es de una sociedad multirracial y pluricultural.

Muchas Gracias, apreciados lectores.


3 comentarios:

  1. Buenas tardes don Eduardo, muchas gracias por su comentario: cuando el perfume y el veneno son buenos se envasan en frascos pequeños. Saludos mil gracias por leerme.

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  2. Interesante tema : gracias a Dios esto cambió y podemos unirnos especialmente por el amor. Mucho gusto Maritza
    María de Jesús Delgado

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